POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la disposición contenida en el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Roberto de Gumucio Peñafiel impugnando el Auto de Vista emitido el 12 de diciembre de 2005 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso penal seguido contra el recurrente por Rafael Jorge de Gumucio Peñafiel con imputación por comisión del delito de despojo
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Roberto de Gumucio Peñafiel el 16 de enero
- CONSIDERANDO: que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que los fundamentos expuestos como base de ese recurso, corresponden al siguiente detalle: a) El
- Que analizados esos argumentos en cotejo con los datos del proceso, se llega a las
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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