SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 110/2009
EXP. N°: 117/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez contra el Superintendente Tributario General.
FECHA: 7 de abril de 2009.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada de fojas 15 a 17 por Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez, en la que impugna la Resolución Administrativa N° STG-RJ/0554/2008 de 27 de noviembre de 2008 emitida por el Superintendente Tributario General; el informe de la Ministra Tramitadora Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.
Que de la revisión de la diligencia cursante a fojas 13, se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la entidad demandante el 8 de diciembre de 2008, habiéndose presentado la presente acción contencioso administrativa el 10 de marzo de 2009, conforme sale del cargo de fojas 18; es decir, luego de noventa y dos días y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine por haberse operado la caducidad del derecho del impetrante para deducir la acción que extemporáneamente intenta.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda por extemporánea.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
Presidente: Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
Rosario Canedo Justiniano
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 110/2009
EXP. N°: 117/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez contra el Superintendente Tributario General.
FECHA: 7 de abril de 2009.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada de fojas 15 a 17 por Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez, en la que impugna la Resolución Administrativa N° STG-RJ/0554/2008 de 27 de noviembre de 2008 emitida por el Superintendente Tributario General; el informe de la Ministra Tramitadora Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.
Que de la revisión de la diligencia cursante a fojas 13, se evidencia que la resolución impugnada fue notificada a la entidad demandante el 8 de diciembre de 2008, habiéndose presentado la presente acción contencioso administrativa el 10 de marzo de 2009, conforme sale del cargo de fojas 18; es decir, luego de noventa y dos días y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine por haberse operado la caducidad del derecho del impetrante para deducir la acción que extemporáneamente intenta.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda por extemporánea.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
Presidente: Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Beatriz Sandoval de Capobianco
Julio Ortiz Linares
Rosario Canedo Justiniano
José Luís Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés