VISTOS: La remisión de oficio dispuesta a fs
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 311 Sucre, 20 de mayo de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y Viceministerio de Cultura c/ Randall James Cook, Gabriel Laura Capcha y Luís Antonio Vásquez Tenorio
Destrucción o Deterioro de Bienes del Estado y la Riqueza Nacional y Cohecho Activo (Declara no haber lugar a la extinción de la acción penal)
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Sucre, 20 de mayo de 2009
VISTOS: La remisión de oficio dispuesta a fs. 1443, por este Tribunal a efectos de que el Ministerio Público se pronuncie sobre la extinción de la acción penal conforme los parámetros establecidos en la Sentencia Constitucional No. 0101/2004, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Viceministerio de Cultura contra Randall James Cook, Gabriel Laura Capcha y Luís Antonio Vásquez Tenorio, por los delitos de destrucción o deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional y cohecho activo, previstos y sancionados por los arts. 223 y 158 del Código Penal, los antecedentes de la materia, y:
CONSIDERANDO: Que, siendo la extinción de la acción penal, una excepción de previo y especial pronunciamiento, corresponde a éste Tribunal pronunciarse al respecto tomando en cuenta la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004; cuya figura jurídica de extinción de la acción penal, reviste una forma de conclusión extraordinaria del proceso, que se traduce en la imposibilidad de continuar con dicho trámite, desapareciendo el control del Estado sobre el hecho ilícito, así como la posibilidad de ejercitar el ius puniendi, siempre que la demora no sea atribuible al imputado
AUTO SUPREMO: 311 Sucre, 20 de mayo de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y Viceministerio de Cultura c/ Randall James Cook, Gabriel Laura Capcha y Luís Antonio Vásquez Tenorio
Destrucción o Deterioro de Bienes del Estado y la Riqueza Nacional y Cohecho Activo (Declara no haber lugar a la extinción de la acción penal)
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Sucre, 20 de mayo de 2009
VISTOS: La remisión de oficio dispuesta a fs. 1443, por este Tribunal a efectos de que el Ministerio Público se pronuncie sobre la extinción de la acción penal conforme los parámetros establecidos en la Sentencia Constitucional No. 0101/2004, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Viceministerio de Cultura contra Randall James Cook, Gabriel Laura Capcha y Luís Antonio Vásquez Tenorio, por los delitos de destrucción o deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional y cohecho activo, previstos y sancionados por los arts. 223 y 158 del Código Penal, los antecedentes de la materia, y:
CONSIDERANDO: Que, siendo la extinción de la acción penal, una excepción de previo y especial pronunciamiento, corresponde a éste Tribunal pronunciarse al respecto tomando en cuenta la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004; cuya figura jurídica de extinción de la acción penal, reviste una forma de conclusión extraordinaria del proceso, que se traduce en la imposibilidad de continuar con dicho trámite, desapareciendo el control del Estado sobre el hecho ilícito, así como la posibilidad de ejercitar el ius puniendi, siempre que la demora no sea atribuible al imputado
- VISTOS: La remisión de oficio dispuesta a fs
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 y Auto Complementario
- CONSIDERANDO: Que, tomando en cuenta los lineamientos establecidos en la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- En la fase del sumario, se comprueba que los imputados centraron sus actuados en obtener
- En la fase del plenario, los procesados por memoriales de fs
- Asimismo, el inculpado Randall James Cook, su defensa técnica así como el abogado defensor de
- Finalmente, corresponde señalar que la defensora de oficio y el procesado Luís Antonio Vásquez Tenorio
- Como se ha comprobado, las actitudes asumidas por Randall James Cook, Gabriel Laura Capcha y
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
