Por lo relacionado precedentemente, la negativa del inferior por haber presentado el recurso de nulidad
Por lo relacionado precedentemente, la negativa del inferior por haber presentado el recurso de nulidad y/o casación fuera del plazo fatal de los ocho días que prevé tanto la ley especial como la remisiva, corresponde resolverse el recurso intentado en la forma prevista por los arts. 287 y 296-I del Código de Procedimiento Civil
- AUTO SUPREMO Nº 167 - Compulsa (Social) Sucre, 1 de junio de 2009
- PARTES: Sindicato de Trufis San Lorenzo c/ Sala Social y Administrativa de la Corte Superior
- CONSIDERANDO: El auto impugnado de 18 de abril de 2009, al amparo del art
- CONSIDERANDO: Que, revisados los antecedentes remitido, de la simple relación de fechas se establece con
- Por lo relacionado precedentemente, la negativa del inferior por haber presentado el recurso de nulidad
- POR TANTO: La Sala Social Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
