VISTOS: El recurso de casación de fojas 89 a 90, interpuesto por Ruth Carvajal Aranibar,
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 375 Sucre, 22 de julio de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES:Ruth Carvajal Aranibarc/ Mario Martínez Gutiérrez y Carmen Rosa Torrez Crespo
Difamación, Calumnia e Injuria(Declara inadmisible el recurso de casación)
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Sucre, 22 de julio de 2009
VISTOS: El recurso de casación de fojas 89 a 90, interpuesto por Ruth Carvajal Aranibar, impugnando el Auto de Vista Numero 905/2007 de 14 de noviembre de 2007 cursante a fojas 81 a 82 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Mario Martínez Gutiérrez y Carmen Rosa Torrez Crespo, por la comisión de los delitos de difamación, calumnia e injuria, previsto y sancionado por los artículos 282; 283 y 287 del Código Penal, los antecedentes del caso y
AUTO SUPREMO: 375 Sucre, 22 de julio de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES:Ruth Carvajal Aranibarc/ Mario Martínez Gutiérrez y Carmen Rosa Torrez Crespo
Difamación, Calumnia e Injuria(Declara inadmisible el recurso de casación)
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Sucre, 22 de julio de 2009
VISTOS: El recurso de casación de fojas 89 a 90, interpuesto por Ruth Carvajal Aranibar, impugnando el Auto de Vista Numero 905/2007 de 14 de noviembre de 2007 cursante a fojas 81 a 82 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Mario Martínez Gutiérrez y Carmen Rosa Torrez Crespo, por la comisión de los delitos de difamación, calumnia e injuria, previsto y sancionado por los artículos 282; 283 y 287 del Código Penal, los antecedentes del caso y
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 89 a 90, interpuesto por Ruth Carvajal Aranibar,
- CONSIDERANDO: Que, el 08 de enero de 2007, el Juez 2do de Sentencia de la
- Contra esta resolución, el imputado Mario Martínez Gutiérrez y la demandante Ruth Carvajal Aranibar interpusieron
- CONSIDERANDO: Que, a efectos de la admisión del recurso de casación, los sujetos procesales se
- CONSIDERANDO: Que, en la especie se evidencia que la recurrente en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
