Formulado el recurso de casación ante el Tribunal de Alzada, este se encuentra obligado a
CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 126 del Código Adjetivo Penal, las resoluciones judiciales quedarán ejecutoriadas sin necesidad de declaración alguna, cuando no se hubiesen interpuesto los recursos en los plazos legales o cuando no admitan recurso ulterior.
Formulado el recurso de casación ante el Tribunal de Alzada, este se encuentra obligado a observar si el fallo recurrido adquirió ejecutoria por no haber sido recurrido dentro el plazo legal o por no admitir recurso ulterior, asimismo debe verificar si a quien recurre le asiste el derecho recursivo. Aspectos que deberán ser constatados a fin de disponer la remisión de antecedentes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación
- Que, contra el citado Auto de Vista, la imputada interpuso recurso de casación mediante memorial
- Formulado el recurso de casación ante el Tribunal de Alzada, este se encuentra obligado a
- En el caso de autos, el Auto de Vista impugnado fue notificado a la recurrente
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 2/2009
