POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ADMITE el recurso de casación interpuesto por Hugo Basilio Huanca Choque, disponiendo, en cumplimiento de la segunda parte del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, que por Secretaría de Cámara se remitan a todas las Salas Penales de las Cortes Superiores del país, fotocopias legalizadas de la sentencia, del auto de vista y del presente auto admisorio, para que se inhiban de dictar resoluciones en los procesos en que se debatan las mismas cuestiones de derecho, hasta que se haga conocer el fallo del recurso de casación interpuesto
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Hugo Basilio Huanca Choque a fs
- Asimismo, si bien este tribunal ha consentido como una causal para la admisión del recurso
- CONSIDERANDO: Que, revisado el recurso de casación anteriormente mencionado, en el marco de los argumentos
- De lo expuesto, se infiere que se han cumplido con los requisitos que hacen a
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
