POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del Ministro Teófilo Tarquino Mújica de la Sala Penal Primera, en ejercicio de sus atribuciones, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 2314 a 2316, aplicando la regla establecida por la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal sobre duración de las causas tramitadas con sujeción al anterior régimen procesal, DECLARA EXTINGUIDA la causa seguida a querella del Servicio Departamental de Educación (SEDUCA) de Chuquisaca contra Jorge Vargas Vaca, Oscar Torres León, Enrique Roberto Udaeta Tapia y Nilo Aguilera Quinteros con imputación por comisión de los delitos de conducta antieconómica, uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes; y, en consecuencia, DISPONE el archivo de obrados sin perjuicio de la acción civil que puede tramitar la entidad recurrente en resguardo de sus derechos
- Partes: SEDUCA c/ Jorge Vargas Vaca, Oscar Torres León, Enrique Roberto Udaeta Tapia y Nilo
- Delito: Conducta antieconómica, uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 20 de noviembre de 2003 (fojas 2302 a
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con
- Que en atención a esa circunstancia, tratándose de un caso que se inició hace más
- Que no es posible tomar en cuenta, en relación a ese caso, el criterio establecido
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
