Auto Supremo AS/0405/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2009

Fecha: 17-Ago-2009

Que no es posible tomar en cuenta, en relación a ese caso, el criterio establecido


Que no es posible tomar en cuenta, en relación a ese caso, el criterio establecido por la Sentencia Constitucional número 0101 de 14 de septiembre de 2004, que aclara que aunque esté vencido el plazo fijado para la finalización de un proceso tal hecho no impide su prosecución si la demora comprobada tuvo origen en actos dilatorios ejecutados por los imputados, pues, aunque tal situación se hubiere presentado, no habría influido en el retraso por haberse producido en el lapso comprendido entre el inicio del Sumario (29 de enero de 2001) y la conclusión del Plenario (30 de junio de 2003), sin incidencia en el posterior retraso