Auto Supremo AS/0428/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2010

Fecha: 30-Oct-2010

Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los


Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien plantea casación en la forma y en el fondo, además de no realizar la más elemental discriminación no adecua su reclamo a ninguna de las causales que prevén los arts. 253 y 254 del mencionado cuerpo normativo, careciendo de motivación y fundamentación, sin precisar en qué consiste la infracción denunciada; olvidando que la doctrina y jurisprudencia establecen que el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas en las causales señaladas en el art. 253 de la citada norma; mientras que para el recurso de casación en la forma, que se funda en los errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, están especificadas en el art. 254 de la misma norma legal, diferenciación que no omite el recurrente