POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la disposición contenida en el numeral 1) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 149 a 151, DECLARA IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Willian del Castillo Barrera impugnando el Auto de Vista emitido el 12 de marzo de 2004 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el proceso seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, con imputación por comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas
- Expediente: Cochabamba 127/2004
- Partes: Ministerio Público c/ Teófilo Mamani Villca, Zenón Miranda Vásquez y Eliseo Choque Flores
- Ministro Relator: José Luís Baptista Morales
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 31 de marzo de 2004 por Willian del
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
- 2
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- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis respectivo, se llega a las siguientes conclusiones
- Segunda
- Tercera
- Cuarta
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
