3
3.- Si bien el recurso de casación invoca violaciones de la ley sustantiva, lo hace de manera general sin expresar ni mucho menos señalar de manera concreta que ley sustantiva fue violada o inobservada, o en qué consiste el quebrantamiento o inobservancia de las normas sustantivas, no siendo suficiente para efectos de casación efectuar la relación de los hechos ocurridos. Pareciera que el recurrente reclama una presunta e incorrecta valoración de pruebas al señalar las contradicciones del Auto de Vista en relación a la prueba producida en obrados y la consideración de prueba semiplena que dio lugar a la absolución del procesado en alzada, pero no expresa de manera clara y concreta la violación o infracción de la norma concreta en cuestión
- Expediente: Santa Cruz 147/2004
- Partes: Ministerio Público c/ Manuel Oropeza Condori
- Delito: Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación presentado por Mario Cadima Cano, Fiscal de Sustancias Controladas, el
- ANTECEDENTES: a los fines de la resolución que corresponda en el fondo de la presente
- 2
- CONSIDERANDO: que el recurrente alegó los siguientes motivos
- CONSIDERANDO: que del examen de antecedentes que cursan en obrados acerca de la actividad probatoria
- 3
- 4
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
