Auto Supremo AS/0620/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2010

Fecha: 07-Dic-2010

Que, en el caso de autos, se advierte que el recurrente aduce en su Recurso


Que, en el caso de autos, se advierte que el recurrente aduce en su Recurso de Casación que: 1) Al haberse probado el delito de Tentativa de Transporte de Sustancias Controladas durante la sustanciación del Juicio Oral en su caso, le correspondía la pena privativa de libertad de 5 años y 4 meses, citando como Precedente Contradictorio el Auto Supremo Nº 41 de enero de 2003, que determinó la aplicación del art. 8 del Código Penal relacionado con el art. 55 de la Ley 1008 al entonces imputado, en un proceso similar al suyo; 2) El Tribunal de Alzada declaró improcedente su Recurso de Apelación Restringida sobre la base de la Doctrina Legal contenida en el Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto de 2003; empero está Doctrina Legal fue modulada por el Auto Supremo Nº 417 de 10 de octubre de 2006, llegándose a la conclusión de que en delitos de Transporte de Sustancias Controladas existe la Tentativa, por no ser un delito de resultado. Solicitó se anule el Auto de Vista impugnado y se conceda su Recurso de Casación