Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
Ante mí: Sonia Acuña Valverde
Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- CONSIDERANDO: Que, los Jueces del Juzgado Quinto de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz,
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- Que, en el caso de autos, se advierte que el recurrente aduce en su Recurso
- El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- ibro de Tomas de Razón 4/2010
