Que, de un análisis del petitorio fiscal se concluye que tiene apreciación humana y no
Que, de un análisis del petitorio fiscal se concluye que tiene apreciación humana y no jurídica siendo errónea por no tener relación con las particularidades del caso materia de autos. Es más, el Auto Supremo Nº 615 de 7 de diciembre de 2010 (fojas 85 a 87), cuya complementación y enmienda solicita el Fiscal General (s.l.), ha sido pronunciado resolviendo precisamente los puntos reclamados, cuyo fundamento se encuentra ampliamente explicitado en la "ratio decidendi" del Auto Supremo Nº 615 de 07/12/2010, referida básicamente a los puntos reclamados en el memorial de fojas 92 a 93. Y, estando claros los alcances del Auto Supremo, corresponde su cumplimiento evitando caer en obstrucción o denegación de justicia
- CONSIDERANDO: que del contenido del memorial de fojas 92 a 93, se desprende que no
- Que, de un análisis del petitorio fiscal se concluye que tiene apreciación humana y no
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, determina NO HABER
- En cumplimiento del Auto Supremo señalado en el exordio por Secretaría de Cámara remítase el
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- ibro de Tomas de Razón 4/2010
