En ese entendido y siendo la excepción de extinción por el transcurso del tiempo de
En ese entendido y siendo la excepción de extinción por el transcurso del tiempo de previo y especial pronunciamiento, corresponde pronunciarse de oficio al respecto, conforme la previsión contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal sobre vencimiento del plazo máximo de duración de un proceso, tomando en cuenta el principio expuesto en la Sentencia Constitucional Nº 0101/2004 de 14 de septiembre del 2004 que, por razones de estricta justicia, se pronunció en sentido de no ser esa regla un precepto aplicable de modo invariable u obligatorio o únicamente por el transcurso del tiempo, pues es imprescindible también apreciar, en términos objetivos, situaciones tales como reacciones de los procesados y actuados de los administradores de justicia que dilataron el proceso
- PARTES: Ministerio Público y Otra c/ Elia Zulma Zabalaga Villagómez
- Peculado
- CONSIDERANDO: Que, el Fiscal de Recursos mediante requerimiento de 1 de marzo de 2007, emitió
- En ese entendido y siendo la excepción de extinción por el transcurso del tiempo de
- Que en ese entendido y haciendo un análisis objetivo del proceso, se tiene que luego
- Que, en segunda instancia se confirmó la Sentencia por el Tribunal de Alzada, proceso que
- Que, estos actos enunciados fueron la causa que dilataron sistemáticamente la sustanciación del proceso, demostrándose
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
