SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 107/2010
EXP. N°: 345/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES Concejal de la Segunda Sección Municipal de Tarvita c/ Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
FECHA: 26 de abril de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada de fojas 41 a 44 por Rolando Valderrama Arias en su Condición de Concejal del Municipio de Tarvita, impugnando la Resolución Ministerial N° 034 de 27 de enero de 2009, emitida por el Ministerio de Hacienda; el informe del Ministro Tramitador Dr. Ángel I rusta Pérez, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.
Que la certificación cursante a fojas 101, señala que la resolución impugnada fue notificada al demandante el 27 de enero de 2009, habiéndose presentado la presente acción contenciosa administrativa el 22 de junio de dos mil nueve, conforme sale del cargo de fojas 45; es decir, luego de ciento cuarenta y seis días por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine por haberse operado la caducidad del derecho del impetrante para deducir la presente acción.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por extemporánea.
Regístrese.
Decana en Ejercicio de la
Presidencia: Beatriz Sandoval de Capobianco
Ministros: José Luis Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Esteban Miranda Téran Jorge Isaac Von Borries Méndez
Jorge Monasterio Franco
Ana María Forest Cors
Ramiro José Guerrero Peñaranda
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
AUTO SUPREMO: 107/2010
EXP. N°: 345/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES Concejal de la Segunda Sección Municipal de Tarvita c/ Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
FECHA: 26 de abril de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada de fojas 41 a 44 por Rolando Valderrama Arias en su Condición de Concejal del Municipio de Tarvita, impugnando la Resolución Ministerial N° 034 de 27 de enero de 2009, emitida por el Ministerio de Hacienda; el informe del Ministro Tramitador Dr. Ángel I rusta Pérez, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.
Que la certificación cursante a fojas 101, señala que la resolución impugnada fue notificada al demandante el 27 de enero de 2009, habiéndose presentado la presente acción contenciosa administrativa el 22 de junio de dos mil nueve, conforme sale del cargo de fojas 45; es decir, luego de ciento cuarenta y seis días por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine por haberse operado la caducidad del derecho del impetrante para deducir la presente acción.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por extemporánea.
Regístrese.
Decana en Ejercicio de la
Presidencia: Beatriz Sandoval de Capobianco
Ministros: José Luis Baptista Morales
Ángel Irusta Pérez
Hugo R. Suárez Calbimonte
Teófilo Tarquino Mújica
Esteban Miranda Téran Jorge Isaac Von Borries Méndez
Jorge Monasterio Franco
Ana María Forest Cors
Ramiro José Guerrero Peñaranda
Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés