CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 107/2010
EXP. N°: 345/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES Concejal de la Segunda Sección Municipal de Tarvita c/ Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
FECHA: 26 de abril de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada de fojas 41 a 44 por Rolando Valderrama Arias en su Condición de Concejal del Municipio de Tarvita, impugnando la Resolución Ministerial N° 034 de 27 de enero de 2009, emitida por el Ministerio de Hacienda; el informe del Ministro Tramitador Dr. Ángel I rusta Pérez, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento
AUTO SUPREMO: 107/2010
EXP. N°: 345/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES Concejal de la Segunda Sección Municipal de Tarvita c/ Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
FECHA: 26 de abril de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada de fojas 41 a 44 por Rolando Valderrama Arias en su Condición de Concejal del Municipio de Tarvita, impugnando la Resolución Ministerial N° 034 de 27 de enero de 2009, emitida por el Ministerio de Hacienda; el informe del Ministro Tramitador Dr. Ángel I rusta Pérez, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento
- CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa
- Que la certificación cursante a fojas 101, señala que la resolución impugnada fue notificada al
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada
- Regístrese
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
