Auto Supremo AS/0136/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0136/2010

Fecha: 04-May-2010

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis se tiene


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis se tiene:

Que el tribunal ad quem resolviendo el recurso de apelación de fs. 44-45 formulado por la entidad demandada, pronunció el Auto de Vista de 22 de agosto de 2005 (fs. 67) confirmando la sentencia de fs. 38-41, en el convencimiento de que la sanción de clausura de 7 días a la Estación de Servicio de propiedad del contribuyente tiene su origen en el Acta Nº 005479 de 4 de junio de 2003 al no haber emitido la nota fiscal de Bs. 30 por la venta de gasolina al señor Calle, documento en el que la administración menciona que la última factura verificada es la Nº 669409 de 4 de junio de 2003 por Bs. 30 que no corresponde a la compra y/o servicio efectuado al comprador; apreciación que resulta errónea por cuanto revisados los antecedente se establece que dicha factura fue emitida al señor Calle por concepto de venta de gasolina, conforme se tiene del talonario de facturas que corre a fs. 5 de obrados