Que no obstante la claridad del fallo, el Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz, acusa
Que no obstante la claridad del fallo, el Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz, acusa en su recurso que el tribunal de alzada interpretó erróneamente el art. 303 del Cód. Trib. y que la Resolución Sancionatoria impuesta al contribuyente constituye la consecuencia de la no emisión de nota fiscal, argumentación que no es evidente, por cuanto, ciertamente de la revisión de antecedentes se establece que si bien la Resolución de Clausura Nº 15-6-002-03 de 7 de agosto de 2003, tiene su origen en el Acta Nº 5479, empero los datos que contiene este acto administrativo, no son correctos, toda vez que la factura Nº 669409 de Bs. 30, por consumo de gasolina, ha sido emitida al señor Calle -cuya identidad ni siquiera se precisa en el acta de referencia-, la misma que consta en talonario de fs. 5, resultando en consecuencia, no ser evidente que dicha factura no corresponda con la compra y/o servicios efectuado por el comprador, pues existiendo datos errados en la investigación y que no corresponden a la realidad, la administración se encuentra impedida de sustentar sus determinaciones sobre información equivocada que resultan excesivas y arbitrarias en perjuicio del contribuyente, de ahí se infiere que en el caso de autos fue correctamente aplicado el art. 303 del Cód. Trib. por los jueces de grado
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Administrativo
- PARTES: Estación de Servicio Dragón de Oro c/ Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda contencioso tributaria de fs
- En grado de apelación deducida por la representante de la entidad demandada (fs
- Que contra la resolución de vista, el Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz, interpone recurso
- Concluye solicitando que el tribunal supremo case el auto de vista y que, analizando el
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis se tiene
- Que no obstante la claridad del fallo, el Gerente de Grandes Contribuyentes La Paz, acusa
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso dando aplicación a los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en observancia del art
- Relator:Ministro Esteban Miranda Terán
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
