En efecto, conforme bien se advierte en el dictamen fiscal de fs
En efecto, conforme bien se advierte en el dictamen fiscal de fs. 946-952, luego de haberse admitido nueva prueba propuesta por Mario Antonio Burry Colodro y Edgar Tejerina Mariscal y corrido en traslado (fs. 900 y vta.), la misma no fue puesto en conocimiento del Ministerio Público, a mérito que no existe evidencia alguna de haberse notificado a dicha entidad, de modo tal que pueda permitírsele pronunciamiento respecto de la misma en el marco de los arts. 2, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aspecto que constituye incumplimiento de normas de orden público y de cumplimiento obligatorio, conforme al art. 90 del Código de Procedimiento Civil
- AUTO SUPREMO Nº 320 Coactivo Fiscal Sucre, 30 de junio de 2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez de Partido en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal
- En grado de apelación, a instancia de los coactivados: Mario Antonio Burry Colodro, Edgar Tejerina
- Dicho auto de vista motivó los recursos antes mencionados que se pasan a analizar
- Revisado el expediente y el Auto de Vista recurrido en el marco de la definición
- En efecto, conforme bien se advierte en el dictamen fiscal de fs
- Consiguientemente, corresponde dar cumplimiento a la previsión legal inserta en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 30 de junio de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
