CONSIDERANDO: Que, para la admisión del Recurso de Casación, no es suficiente cumplir con los
CONSIDERANDO: Que, para la admisión del Recurso de Casación, no es suficiente cumplir con los requisitos previstos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, conforme manda el articulo 396 numeral 3) del referido cuerpo legal, sino es necesario que previamente se hubiera admitido el recurso de apelación restringida o su inadmisión fuera ilegal y constituya un defecto absoluto, caso contrario no se le habilita al recurrente por el principio del "per saltum" a recurrir de casación
- PARTES: Ministerio Público y Otra c/ Carlos Saucedo Rivero
- Violación Niño/Niña
- CONSIDERANDO: Que, en grado de apelación deducida por el imputado, se declaró inadmisible e ilegal
- CONSIDERANDO: Que, para la admisión del Recurso de Casación, no es suficiente cumplir con los
- En Autos, se tiene que el imputado formuló Recurso de Casación, contra el Auto de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
