El cumplimiento de las formalidades señaladas por el art
El cumplimiento de las formalidades señaladas por el art. 258-2) del Cód. Pdto. Civ., referida a la cita clara, concreta y precisa de la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o ambos, es de suma importancia, por cuanto el legislador, con tal previsión, esta cuidando que el recurso cumpla su finalidad de abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna. Estas formalidades son las que el recurrente no ha cumplido en su recurso y esa es la razón precisamente para que este tribunal se vea imposibilitado de hacer cabida a la casación impetrada
- AUTO SUPREMO Nº 412 Social Sucre, 31 de agosto de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de
- Que contra la resolución de vista, el actor Daniel Mamani López, formula el recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, en los términos como se encuentra formulado el recurso, se advierte que
- El cumplimiento de las formalidades señaladas por el art
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar la disposición contenida en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 31 de agosto de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal .
