Que, en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente, Ángel Hidalgo, aduce
Que, en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente, Ángel Hidalgo, aduce en su Recurso de Casación que no se observó la aplicación del artículo 370 incisos 1), 3) y 5) del Código de Procedimiento Penal, debido a que su conducta no se adecua a los tipos penales por los que se lo acusa, habiendo realizado la Sentencia una apreciación genérica que no fundamenta de manera alguna el cumplimiento del presupuesto de los mencionados tipos penales, a más de que no se valoró toda la prueba aportada por su parte conforme a la sana crítica. Citó como Precedente Contradictorio el Auto Supremo Nº 471 de 19 de agosto de 2003, y solicitó a este Supremo Tribunal se disponga que el Tribunal de Alzada anule la Sentencia apelada y emita nueva Sentencia, declarando la inocencia de su parte por los delitos acusados
- PARTES: Freddy Zabala Padilla c/ Ángel Hidalgo y Otro
- CONSIDERANDO: Que, el Juzgado Segundo de Sentencia Penal de la ciudad de La Paz, emitió
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- Que, en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente, Ángel Hidalgo, aduce
- Que, el mencionado Recurso de Casación no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
