CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se
CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se advierte que la causa se inició en mérito a la Denuncia de 28 de octubre de 2000 (fs. 1 y 2), que previo Auto de Procesamiento, de 30 de noviembre de 2000 (fs. 73) contra Andrea Machado Casilla, Filomena Colque Flores, por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas; y contra Alfredo Medina Moya y Rufino Cruz Condori por el delito de Fabricación de Sustancias Controladas; se dictó la Sentencia de 27 de febrero de 2004 (fojas 360 a 362) por los Jueces del Juzgado de Partido Segundo de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba, que declaró a las co-procesadas Andrea Machado Casilla y Filomena Colque Flores, autoras y culpables de la comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, imponiéndoles a cada una de ellas, la pena privativa de libertad de seis años de presidio a cumplir en la cárcel pública de la ciudad de Cochabamba, más el pago de quinientos días multa a razón de Bs. 1.- por día, más costas al Estado, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia; absolviéndolas del delito de Tráfico de Sustancias Controladas; y declaró a los co-procesados Alfredo Medina Moya y Rufino Cruz Condori, autores del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el artículo 407 segunda parte de la Ley 1008, condenándolos a sufrir la pena privativa de libertad de dos años a cada uno de ellos, a cumplir en la cárcel pública de la ciudad de Cochabamba, doscientos días multa a razón de Bs. 0.5.- por día, más costas al Estado, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia
- PARTES: Ministerio Público c/ Andrea Machado Casilla y Otros
- CONSIDERANDO: Que la tramitación del proceso dentro de un plazo razonable es una de las
- Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
- Que la mencionada Sentencia Constitucional establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos
- En el mismo sentido, la Sentencia Constitucional 1042/2005 de 5 de septiembre, establece: "que el
- CONSIDERANDO: Que la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal (Ley Nº 1970 de
- CONSIDERANDO: Que, la administración de justicia debe estar exenta de dilaciones indebidas, lo cual sucede
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable protege al imputado de aquellos actos injustificados
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se
- Sentencia que en apelación fue confirmada en todas sus partes -con la modificación de que
- CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes ampliamente expuestos, se evidencia que, el plazo previsto por el
- Así como la complejidad del caso de autos debido a la pluralidad de procesados; no
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
