En el caso presente los recurrentes afirman que al haberse promulgado la nueva C
En el caso presente los recurrentes afirman que al haberse promulgado la nueva C.P.E. el 7 de febrero de 2009, habrían quedado derogados los arts. 120 de la L.G.T. y 163 de su D.R., referente a la prescripción y extinción de los derechos en contra de los trabajadores y las expresas derogaciones sobreentendidas que se tienen supralegisladas en el art. 48 de dicha C.P.E
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO: Que Juan Santiago de Uzin Rojas y Florencio Plaza Cárdenas, por si y como
- Que los arts
- En el caso presente los recurrentes afirman que al haberse promulgado la nueva C
- Indican asimismo que las aclaraciones y explicaciones radican en que si la ley es obligatoria
- Cuestionaron que el Auto Supremo Nº 535 de 10 de diciembre de 2010, tiene un
- Así planteado el memorial de solicitud de explicación y aclaración, ingresando a su análisis, se
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
