CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144-146, interpuesto por Bernardino Villca Carrasco, Gerente Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional, contra el Auto de Vista Nº 097 de 22 de marzo de 2007 (fs. 139-140), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso contencioso tributario seguido por Jorge Henrich Costas, en representación de la Agencia Despachante de Aduana "Panamericana Ltda.", contra la institución que representa el recurrente, la respuesta de fs. 148, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 125 de 8 de agosto de 2006 (fs. 123-124), declarando probada la demanda de fs. 18-20, declarando en consecuencia, nula y sin valor legal la Resolución Administrativa Nº GR-GSZ-03-175/02 de 27 de mayo de 2002, como también la Nota de Cargo Nº 227/97 de 8 de enero de 1997
- PARTES: Agencia Despachante de Aduana "Panamericana Ltda
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación formulada por la representante de la institución demandada, (fs
- Este fallo, motivó el recurso de casación, interpuesto por Bernardino Villca Carrasco, en representación de
- Concluyó solicitando al tribunal supremo case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de los antecedentes del proceso se establece que, el
- Al ser el indicado plazo perentorio, corre de momento a momento y la extemporaneidad en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Se recomienda al tribunal de alzada tener cuidado con las concesiones indebidas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
