CONSIDERANDO: Que, examinados tales antecedentes, y tomando en cuenta lo determinado en la referida Sentencia
CONSIDERANDO: Que, examinados tales antecedentes, y tomando en cuenta lo determinado en la referida Sentencia Constitucional 1716/2010-R, se concluye que la Corte Suprema de Justicia, a momento de resolver el presente caso, carece de competencia para resolver las excepciones de Extinción de la Acción Penal ya sea por duración máxima del proceso penal, como por prescripción, considerando que ambas se tramitan por la vía de excepción
- CONSIDERANDO: Con carácter previo corresponde señalar, que el Tribunal Constitucional Plurinacional, dictó la Sentencia Constitucional
- CONSIDERANDO: Que, examinados tales antecedentes, y tomando en cuenta lo determinado en la referida Sentencia
- Toda vez que por mandato de los arts
- Por lo que éste Supremo Tribunal de Justicia está obligado a aplicar y cumplir la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en mérito a
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.-
