Auto Supremo AS/0238/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2011

Fecha: 26-Abr-2011

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en mérito a


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en mérito a la Sentencia Constitucional 1716/2010-R así como en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional, y el art. 8 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, se declara SIN COMPETENCIA, para conocer en casación, la excepción de Extinción de la Acción Penal por duración máxima del proceso; debiendo los incidentistas acudir ante el Juez o Tribunal llamado por ley, como determina la citada Sentencia Constitucional, no pudiendo sobrepasar los 20 días computables a partir de su legal notificación, debiendo comunicar a este Tribunal para efectos legales, bajo prevención de proseguir la sustanciación del Recurso de Casación