POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por los artículos 50 inciso 1); 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación de fojas 138 a 139, interpuesto por Filomena Choque Apaza, representada por Henry Maida García, defensor público del SENADEP-Cochabamba
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del Recurso de Casación, es menester observar los requisitos exigidos
- Que, la función de la Casación implementada en el actual sistema procesal penal es el
- CONSIDERANDO: que en la especie, se advierte que la recurrente Filomena Choque Apaza, (representada por
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
