Auto Supremo AS/0400/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2012

Fecha: 05-Nov-2012

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº: 400/2012 Fecha: Sucre, 05 de noviembre de 2012

Expediente: 159/08

Distrito: Santa Cruz

Partes: Ministerio Público C/ Miguel Ángel Acosta Aguilera

Delito: Tráfico de Sustancias Controladas

Recurso: Casación



VISTOS: (Del recurso en cuestión)

El Recurso de Casación planteado por Miguel Ángel Acosta Aguilera de fs. 98 y 99, impugnando el Auto de Vista Nº 94 de 15 de septiembre de 2008 cursante de fs. 90 a 93 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, los antecedentes, y;

CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:

Con base a la Acusación Fiscal de fs. 2 y 3 de obrados, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 05/2008 de 11 de abril (fs. 63 a 68), declaró a Miguel Ángel Acosta Aguilera, autor y culpable del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley Nº 1008, condenándolo a la pena privativa de libertad de 10 años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz "Palmasola", más multa de 2500 bolivianos correspondientes a 500 días a razón de Bs. 5.- cada día a favor del Estado.

Que, ante esta Sentencia, Miguel Ángel Acosta Aguilera de fs. 75 a 76 y 84 a 85 vta. (Corrección de su recurso), planteó Recurso de Apelación Restringida, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 15 de septiembre de 2008 (fs. 90 a 93 vta.), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó Auto de Vista declarando Admisible yProcedente el Recurso de Apelación Restringida interpuesto anulando totalmente la Sentencia de fs. 63 a 68 ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal