FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Finalmente solicita que se admita el recurso para que el Tribunal Supremo de Justicia de la Nación, declare procedente dejando sin efecto el Auto de Vista impugnado y disponga se dicte nuevo Auto de Vista que falle en el fondo de las apelaciones pendientes contra la sentencia de primer grado.
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Que, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en infracciones de fondo,
de Derecho, lo que doctrinalmente se denomina "in judicando", en que hubieran
incurrido los Tribunales de instancia al pronunciar sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas y justificadas las causales señaladas en el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil; mientras que el recurso de casación en la forma o nulidad, se funda en errores al procedimiento, "in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas igualmente para cada caso
aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas igualmente para cada caso en concreto, por el artículo 254 de la citada norma
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Que, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en infracciones de fondo,
de Derecho, lo que doctrinalmente se denomina "in judicando", en que hubieran
incurrido los Tribunales de instancia al pronunciar sus resoluciones, debiendo estar debidamente identificadas y justificadas las causales señaladas en el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil; mientras que el recurso de casación en la forma o nulidad, se funda en errores al procedimiento, "in procedendo", referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas igualmente para cada caso
aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas igualmente para cada caso en concreto, por el artículo 254 de la citada norma
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II
- expresa los siguientes puntos de consideración
- 2
- 4
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De lo referido procedentemente se infiere que las formas de resolución de cada uno de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
