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    Auto Supremo AS/0285/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0285/2012

    Fecha: 21-Ago-2012

    Refiere que el D

    Refiere que el D.S No. 28589 de 17 de enero de 2006 que tiene por objeto evitar que a través de tramites que modifican las fechas de nacimiento donde afectan la edad se logre fraudulentamente el otorgamiento de prestaciones en la seguridad social a largo plazo, y que no persigue dicha situación, de los datos del proceso como de la revisión del proceso se puede ver que ha cotizado al seguro social por 40 años, tiene como único objeto el tener registrado una sola fecha de nacimiento en el Registro Civil
    • Partes: Víctor Ismael Montaño Melgar c/ Dirección Departamental de Registro Civil - Sala Murillo
    • Proceso: Cancelación y ratificación de partida de nacimiento
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra esa resolución de primera instancia el Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", presentado
    • Fallo de segunda instancia recurrido en casación en el fondo por el demandante Víctor Ismael
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Refiere que el D
    • Señaló, que el Auto de Vista no ha considerado el certificado de nacimiento presentado a
    • Por las razones expuestas solicitó se dicte resolución casando el Auto de Vista recurrido
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.

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