De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 011/2011 de 30 de mayo (fs. 213 a 219), la Jueza Segunda de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró al imputado Tito Abel Díaz Alemán Tola, autor de la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado en el art. 287 del CP, condenándole a la pena de prestación de trabajo de un año y multa de treinta días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por cada día, con costas y responsabilidad civil averiguables en ejecución de sentencia; y, absuelto por los delitos de difamación y calumnia.
b)La referida Sentencia fue objeto de apelación por parte del imputado (fs. 226 a 229), dicho recurso mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 109/2013 de 5 de junio (fs. 248 a 251), que rechazó el recurso de apelación restringida y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 19 de agosto de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificado el imputado con el mencionado Auto de Vista el 15 de agosto de 2013
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
