CONSIDERANDO: Que, a través del memorial de fs
CONSIDERANDO: Que, a través del memorial de fs. 300 y vta., los procesados desisten del Recurso de Casación interpuesto en función de la norma procesal contenida en el art. 396 num. 2) del Código de Procedimiento Penal, solicitando al mismo tiempo a este Tribunal la devolución de obrados al Tribunal de origen
- CONSIDERANDO: Que, los procesados José Luís Vidaurre Molina y Elmer Rivera Barbery, plantearon Recurso de
- CONSIDERANDO: Que, a través del memorial de fs
- Que, conforme al Informe emitido por la Secretaría de esta Sala el 1 de febrero
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la potestad emanada
- Fdo. William E. Alave Laura
- Libro Tomas de Razón 1/2013
