La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la
POR TANTO:
La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley No. 212, y aplicación del numeral 2) del art. 396 del Código de Procedimiento Penal, ACEPTA EL DESISTIMIENTO formulado por Juan Garnica Mamani del Casación que dedujo a fs. 58 a 60 y vta., de obrados contra el Auto de Auto de Vista Nº 24/2010 de 25 de junio, cursante de fs. 50 a 51, del cuaderno procesal, con costas. En consecuencia, se da por ejecutoriada la Resolución recurrida y devuélvase los de la materia al Tribunal de origen y sea con la debida nota de cortesía
- Recurso: Desistimiento de Recurso de Casación
- Que,Juan Garnica Mamani formula Desistimiento voluntario del Recurso de Casación que dedujo, contra el Auto
- CONSIDERANDO II
- La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por la
- Notifíquese, comuníquese
- Fdo. William E. Alave Laura
- Libro Tomas de Razón 1/2013
