Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2012, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 025/2013-RA
Sucre, 08 de febrero de 2013
Expediente : Cochabamba 2/2013
Parte acusadora : Alicia Achá de Chungara
Parte imputada : Marina Chungara Cepeda
Delito : Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2012, cursante de fs. 103 a 105, Alicia Achá de Chungara, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 10 de octubre de 2012, cursante de fs. 98 a 100, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Marina Chungara Cepeda, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 025/2013-RA
Sucre, 08 de febrero de 2013
Expediente : Cochabamba 2/2013
Parte acusadora : Alicia Achá de Chungara
Parte imputada : Marina Chungara Cepeda
Delito : Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2012, cursante de fs. 103 a 105, Alicia Achá de Chungara, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 10 de octubre de 2012, cursante de fs. 98 a 100, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Marina Chungara Cepeda, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificada la recurrente el 16 de noviembre de 2012 con el Auto de Vista, conforme
- Del memorial que cursa de fs. 103 a 105, se extraen los siguientes motivos
- Expresa que en la fundamentación descriptiva e intelectiva de la Sentencia en la parte considerativa
- Finalmente alega que los argumentos vertidos demuestran que el Tribunal de primera instancia y la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Efectuada esta precisión se tiene que, si bien el recurso de casación fue interpuesto por
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
