Emitida por la AGIT, la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0290/2012 de 7 de mayo
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso-administrativa interpuesta de fs. 196 a 202 por Máximo Paye Marcani, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ- 0290/2012 de 7 de mayo de 2012 pronunciada por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT); el informe de la Magistrada Tramitadora Maritza Suntura Juaniquina; y
CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el art. 780 del Código de Procedimiento Civil (CPC), la demanda en proceso Contencioso administrativo, debe interponerse dentro del plazo de noventa días, computables desde la notificación con la resolución que se impugna.
En el presente caso, por las características especiales del mismo, es necesario puntualizar los siguientes antecedentes:
Emitida por la AGIT, la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0290/2012 de 7 de mayo de 2012, se notificó personalmente a Rodolfo Navarro Meza en representación del demandante el 11 de mayo de 2012 (fs. 182)
- EXP. N°: 476/2012
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Interpuesto por Máximo Paye Marcani c/ Fiscal General del Estado
- FECHA: Sucre, dieciséis de abril de dos mil trece
- Emitida por la AGIT, la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0290/2012 de 7 de mayo
- Habiendo el representante del demandante solicitado Aclaración de dicha Resolución, por memorial de fs
- De dichos antecedentes, se tiene que habiendo sido notificado el representante legal del demandante en
- Sin embargo, por cargo de recepción de fs
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrarse en viaje oficial
- Secretario de Sala Plena
