Sin embargo, por cargo de recepción de fs
Sin embargo, por cargo de recepción de fs. 202 vlta. consta que aquélla fue presentada el 22 de agosto de 2012, es decir después de haber transcurrido noventa y un (91) días de la notificación al demandado con el Auto Motivado AGIT - RJ 0027/2012, por lo que resulta que la demanda fue interpuesta de manera extemporánea, correspondiendo, por consiguiente, su rechazo
- EXP. N°: 476/2012
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Interpuesto por Máximo Paye Marcani c/ Fiscal General del Estado
- FECHA: Sucre, dieciséis de abril de dos mil trece
- Emitida por la AGIT, la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0290/2012 de 7 de mayo
- Habiendo el representante del demandante solicitado Aclaración de dicha Resolución, por memorial de fs
- De dichos antecedentes, se tiene que habiendo sido notificado el representante legal del demandante en
- Sin embargo, por cargo de recepción de fs
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrarse en viaje oficial
- Secretario de Sala Plena
