POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 5 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 315 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el acuerdo transaccional expresado en el Testimonio Nro. 486/2013 de fecha 25 de marzo de 2013 asignándole los efectos del artículo 949 del Código Civil y disponiéndose el archivo de obrados, para tal efecto remítase el expediente al juzgado de origen
- Partes: Silvia Cristina Lavayen Amelunge por si y en representación de Darko Aleksandar Tomelic Lavayen
- VISTOS: El pedido de homologación de acuerdo transaccional definitivo firmado por las partes de fecha
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- RELATOR: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
