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El Auto de Vista No 010/2010, de 23 de agosto de 2010, declara la Improcedencia de los recursos de apelación formulados.
2. MOTIVO DEL RECURSO.- El Auto Supremo resolverá la Admisibilidad del Recurso de Casación, formulado por la imputada el 20 de septiembre de 2010, el mismo fue presentado en el plazo legal. El recurso denuncia la errónea valoración respecto de su participación ya que no sería evidente de que ella haya inducido a su hijo al ilícito de suministrar sustancias controlas, así como también que el dinero encontrado no fue fruto de la venta o comercialización de sustancias controladas, sino que, era producto del cobro que realizaba por la venta de edredones y perfumes. Asimismo, que en el Auto de Vista hubiese existido una confusión respecto de su hijo señalando que este seria de Saulo Rojas Rocha
2. MOTIVO DEL RECURSO.- El Auto Supremo resolverá la Admisibilidad del Recurso de Casación, formulado por la imputada el 20 de septiembre de 2010, el mismo fue presentado en el plazo legal. El recurso denuncia la errónea valoración respecto de su participación ya que no sería evidente de que ella haya inducido a su hijo al ilícito de suministrar sustancias controlas, así como también que el dinero encontrado no fue fruto de la venta o comercialización de sustancias controladas, sino que, era producto del cobro que realizaba por la venta de edredones y perfumes. Asimismo, que en el Auto de Vista hubiese existido una confusión respecto de su hijo señalando que este seria de Saulo Rojas Rocha
- Acusación
- Imputados
- Delito
- IANUS
- 1
- A, Saulo Rojas Rocha se lo absuelve de la comisión de los delitos de Tráfico
- A, Silvia Salvatierra Rocha se la absuelve de los delitos de Uso de Armas en
- El 30 de abril de 2009, el representante del Ministerio Público, presentó recurso de apelación
- EL 4 de mayo de 2009 Silvia Rocha Salvatierra, formula recurso de apelación restringida, recurso
- EL 6 de mayo de 2009 el imputado Saulo Rojas Rocha, presenta recurso de apelación
- 2
- 3
- II.- ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- 4
- III.- VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO EN EL RECURSO
- 5
- 6
- En el caso presente la culpabilidad de la imputada y recurrente, en el delito por
- Debe tenerse presente que tanto la Sentencia, como el Auto de Vista, al realizar una
- Las conductas y las pena, establecidas por la Ley 1008, determinan una política criminal rigurosa
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
