CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
Que , de conformidad con la previsto por el art. 396-2) del Código de Procedimiento Penal el recurrente tiene la libertad de poder desistir del recurso formulado y teniendo en cuenta el informe emitido por Secretaria de sala , se tiene que contra el Auto de Vista impugnado por el impetrante el co-procesado Marcelo Israel Rocabado Mendoza también dedujo Recurso de Casación contra el Referido Auto, a quien se le acepta el Desistimiento del Recurso de Casación , mediante el Auto Supremo Nº 367/2013 de fecha de 19 de Agosto de 2013
Que , de conformidad con la previsto por el art. 396-2) del Código de Procedimiento Penal el recurrente tiene la libertad de poder desistir del recurso formulado y teniendo en cuenta el informe emitido por Secretaria de sala , se tiene que contra el Auto de Vista impugnado por el impetrante el co-procesado Marcelo Israel Rocabado Mendoza también dedujo Recurso de Casación contra el Referido Auto, a quien se le acepta el Desistimiento del Recurso de Casación , mediante el Auto Supremo Nº 367/2013 de fecha de 19 de Agosto de 2013
