Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0084/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0084/2014

    Fecha: 03-Abr-2014

    2

    2. Efectúa la relación de los hechos respecto de los antecedentes procesales a partir de la presentación de la acusación particular las audiencias de conciliación el juicio oral y la emisión de la Sentencia
    • Delito
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • 2
    • 3
    • 4
    • 4.3.- No se consideró la falta de fundamentación en la fijación de la pena
    • Petitorio: Solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista y Auto Complementario recurridos, disponiendo
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • • De la forma
    • • En el Recurso de Casación, se deberá
    • El incumplimiento a los presupuestos señalados
    • Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
    • Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
    • En el caso presente los recurrentes, en el planteamiento del Recurso de Casación cumplieron con
    • POR TANTO
    • Asimismo, por Secretaria de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.-

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca