- Sucre: 9 de Abril de 2014
- CONSIDERANDO: Que, en el memorial referido la impetrante formula el desistimiento del Recurso de Casación,
- Que, en el capítulo I del Título VI del Libro Primero del Código de Procedimiento
- Ahora bien, el desistimiento del recurso, se entiende como el acto mediante el cual el
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Al Otrosí 1°, 2° y 3°.- Estese a lo principal
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón Nº 138/2014
