Al no estar encaminada su argumentación a objetar la determinación asumida por el Tribunal de
Al no estar encaminada su argumentación a objetar la determinación asumida por el Tribunal de Alzada y más al contrario solicitar que con un análisis de fondo se case y se declare improbada la demanda principal y probada su demanda reconvencional; este Tribunal Supremo de Justicia nuevamente no abre su competencia para resolver el recurso de casación de fondo presentado por la parte recurrente
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por parte del demandado Dante Benito
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- En otro punto indican que no se valoró la prueba cursante en obrados a fs
- Por dicho motivo concluye peticionando que se case el Auto de Vista y deliberando en
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al no estar encaminada su argumentación a objetar la determinación asumida por el Tribunal de
- Por dicho motivo, corresponde que este Tribunal resolver el mismo según se tiene establecido en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
