SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 170 /2014.
FECHA: Sucre, 24 de septiembre de 2014
EXPEDIENTE N°: 27/2012
PROCESO: Consulta
ELEVADA POR : David Ramiro Pérez Coronado, Juez Técnico de Tribunal de Sentencia Nº 1 de Trinidad.
VISTOS EN SALA PLENA: La consulta sobre procedimiento a seguir en rechazo in límine de recusación del Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad, David Ramiro Pérez Coronado y el informe de la Magistrada Rita Susana Nava Duran.
CONSIDERANDO: Que por auto interlocutorio el Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad David Ramiro Pérez Coronado remite el Auto Nº 010/2011 de 20 de agosto de 2011 a objeto de emitir circular sobre consulta sobre procedimiento a seguir en rechazo in límine de recusación.
Que por Auto Nº 010/2011 de 20 de agosto de de 2011, los Vocales de la Sala Penal de la Ex Corte Superior del Distrito Judicial del Beni aprueban el rechazo in límine y rechazan la recusación planteada por Edwin Javier Condori Laura y ordenan que la juez demandada continué con el conocimiento de la causa.
CONSIDERANDO: Que a efectos de analizar y resolver la presente consulta es necesario efectuar las siguientes consideraciones de orden legal:
La Ley del Órgano Judicial (Ley Nº 025 de 24 de junio de 2010) en su art. 38 no establece entre sus atribuciones resolver consultas sobre procedimiento a seguir en una norma jurídica y la señalada norma legal fue puesta en vigencia, con algunas excepciones no aplicables al presente caso desde la posesión de los nuevos Magistrados del Órgano Judicial, el 3 de enero del 2012.
En el caso de autos el rechazo in límine de recusación ya fue resuelto por la Sala Penal de la Ex Corte Superior del Distrito Judicial del Beni por el Auto Nº 010/2011 de 20 de agosto del 2011 conforme al art. 320 del Código de Procedimiento Penal.
La consulta y circular solicitadas se refieren al rechazo in límine de recusación de una Juez anterior al ahora consultante David Ramiro Pérez Coronado Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad.
En el presente caso al no ser atribución del Tribunal Supremo de Justicia resolver consultas y menos emitir circulares sobre casos resueltos antes de la vigencia de la Ley del Órgano Judicial (Ley 025 de 24 de junio de 2010) corresponde rechazar la consulta.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad al artículo 38 de la Ley de Organización Judicial RECHAZA la consulta y emisión de circular de David Ramiro Pérez Coronado Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad.
Comuníquese al juez consultante a través de Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia del Beni.
No intervienen las Magistradas Norka Natalia Mercado Guzmán y Maritza Suntura Juaniquina por encontrarse celebrando audiencia en la Sala Penal.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
Fdo. Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
Secretaria de Sala
Sala Plena
AUTO SUPREMO: 170 /2014.
FECHA: Sucre, 24 de septiembre de 2014
EXPEDIENTE N°: 27/2012
PROCESO: Consulta
ELEVADA POR : David Ramiro Pérez Coronado, Juez Técnico de Tribunal de Sentencia Nº 1 de Trinidad.
VISTOS EN SALA PLENA: La consulta sobre procedimiento a seguir en rechazo in límine de recusación del Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad, David Ramiro Pérez Coronado y el informe de la Magistrada Rita Susana Nava Duran.
CONSIDERANDO: Que por auto interlocutorio el Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad David Ramiro Pérez Coronado remite el Auto Nº 010/2011 de 20 de agosto de 2011 a objeto de emitir circular sobre consulta sobre procedimiento a seguir en rechazo in límine de recusación.
Que por Auto Nº 010/2011 de 20 de agosto de de 2011, los Vocales de la Sala Penal de la Ex Corte Superior del Distrito Judicial del Beni aprueban el rechazo in límine y rechazan la recusación planteada por Edwin Javier Condori Laura y ordenan que la juez demandada continué con el conocimiento de la causa.
CONSIDERANDO: Que a efectos de analizar y resolver la presente consulta es necesario efectuar las siguientes consideraciones de orden legal:
La Ley del Órgano Judicial (Ley Nº 025 de 24 de junio de 2010) en su art. 38 no establece entre sus atribuciones resolver consultas sobre procedimiento a seguir en una norma jurídica y la señalada norma legal fue puesta en vigencia, con algunas excepciones no aplicables al presente caso desde la posesión de los nuevos Magistrados del Órgano Judicial, el 3 de enero del 2012.
En el caso de autos el rechazo in límine de recusación ya fue resuelto por la Sala Penal de la Ex Corte Superior del Distrito Judicial del Beni por el Auto Nº 010/2011 de 20 de agosto del 2011 conforme al art. 320 del Código de Procedimiento Penal.
La consulta y circular solicitadas se refieren al rechazo in límine de recusación de una Juez anterior al ahora consultante David Ramiro Pérez Coronado Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad.
En el presente caso al no ser atribución del Tribunal Supremo de Justicia resolver consultas y menos emitir circulares sobre casos resueltos antes de la vigencia de la Ley del Órgano Judicial (Ley 025 de 24 de junio de 2010) corresponde rechazar la consulta.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad al artículo 38 de la Ley de Organización Judicial RECHAZA la consulta y emisión de circular de David Ramiro Pérez Coronado Juez Técnico del Tribunal 1º de Sentencia de Trinidad.
Comuníquese al juez consultante a través de Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia del Beni.
No intervienen las Magistradas Norka Natalia Mercado Guzmán y Maritza Suntura Juaniquina por encontrarse celebrando audiencia en la Sala Penal.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
MAGISTRADO
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
Fdo. Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO
Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
Secretaria de Sala
Sala Plena