Auto Supremo AS/0330/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2014

Fecha: 11-Sep-2014

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes

Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista Nº 16/2011, Alberto Carlos Cerezo Alzo, plantea Recurso de Casación de fs. 272 a 273 y vta., contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes aspectos:
Señala la existencia de contradicciones entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes invocados, acusando la vulneración al debido proceso al no haber cumplido el Tribunal de Alzada la función de control jurisdiccional y constitucionalidad, así como por no haberse pronunciado sobre las observaciones expuestas en el recurso de apelación restringida, es decir, sobre la vulneración por el Tribunal de Sentencia al principio In dubio pro reo, constituyendo un defecto absoluto, constituyendo esa falta de respuesta fáctica del auto de Vista, un vicio de incongruencia omisiva, vulnerando el principio Tantum devolutum quantum apellatum y el deber de fundamentación. Por lo que el Tribunal de Alzada al emitir su resolución lo hace en contradicción a la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos Nº 176 de 26 de abril de 2010, 657 de 06 de diciembre de 2007 y 6 de 26 de enero de 2007