Auto Supremo AS/0464/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2014

Fecha: 11-Sep-2014

El art


Concluye acusando la violación del debido proceso, porque el Tribunal de alzada declara improbado el recurso de apelación restringida sin analizar el fondo de sus planteamientos, resolución que al no estar justificada y fundamentada, incurre en contradicción con los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP); en cuyo mérito, interpone recurso de casación, para que el Tribunal Supremo de Justicia dicte resolución dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido y se dicte nuevo fallo.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP