Auto Supremo AS/0481/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2014

Fecha: 23-Sep-2014

Ahora bien, debe considerarse el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril, que precisó el


Respecto a los demás requisitos, se tiene que los recurrentes hacen referencia al incidente de nulidad de notificación, así como a las excepciones de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y por prescripción, que opusieron en la etapa de juicio, que fueron declaradas improbadas mediante Resolución 114/20132 de 26 de agosto, motivando la formulación de recurso de apelación incidental junto a la apelación restringida teniendo en cuenta la emisión de sentencia condenatoria en su contra; en ese ámbito de antecedentes procesales, denuncian que el Tribunal de alzada sólo hizo una “explicación minorizada” (sic) de las excepciones e incidente planteado, para luego contradictoriamente señalar que sólo hizo mención a las dos primeras excepciones, a tiempo de cuestionar sin embargo la respuesta dada por el Tribunal de alzada a cada una de las tres cuestiones accesorias opuestas en la causa.

Ahora bien, debe considerarse el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril, que precisó el siguiente entendimiento: “…en el nuevo sistema procesal penal, el recurso de casación está destinado en su regulación a uniformar criterios interpretativos y ha sido instituido bajo la idea de que la ausencia de un mecanismo que uniformice los criterios jurisprudenciales de las distintas cortes del País, provocaría una dispersión jurisprudencial, creando un sentimiento de inseguridad jurídica colectiva, con las consecuencias perniciosas que ello podría conllevar para la seguridad jurídica