Auto Supremo AS/0481/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2014

Fecha: 23-Sep-2014

El art


Refieren que existe contradicción entre la Sentencia y el Auto de Vista recurrido y que los de grado están obligados a cumplir la Sentencia Constitucional 903/2012-R.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de procedimiento Penal (CPP)